2026 viene con un cambio en la acreditación del IVA en indemnizaciones cubiertas por las aseguradoras. Con efectos retroactivos para siniestros devengados en 2025— entrará en vigor una modificación fiscal incluida en la Ley de Ingresos de la Federación 2026, Artículo 25, Fracción XIV, que elimina la posibilidad de que las aseguradoras acrediten el IVA de los bienes y servicios utilizados para indemnizar a los asegurados.
Esto implica que, en siniestros de Gastos Médicos, Autos y Daños, el IVA del 16% ahora sí se considera dentro del monto del siniestro, y por tanto sí reduce la suma asegurada.
Importante:
Este cambio NO significa que su póliza pagará IVA adicional ni que usted pagará otro IVA en su prima.
Lo que cambia es que la aseguradora ya no podrá recuperar ese IVA y deberá contabilizarlo como costo directo de la indemnización.
¿Qué dice la ley y por qué cambia?
La autoridad fiscal determinó que las aseguradoras ya no podrán acreditar el IVA de los bienes y servicios cuyo único fin sea indemnizar al asegurado, como hospitales, refacciones, materiales de reparación o reconstrucción.
No se trata de un nuevo impuesto ni de un cobro adicional al cliente. El cambio solo afecta la forma en que se contabiliza el IVA dentro del monto indemnizado.
Impacto por tipo de seguro
Gastos Médicos
- El IVA de hospitales, médicos y estudios se descuenta de la suma asegurada.
- Tratamientos de alto costo pueden agotar la cobertura más rápidamente.
- Estimación de aumento de primas: 10–20%.
Autos
- El IVA de refacciones y mano de obra incrementa el costo real de reparación.
- Ajustes esperados en primas: 10–20%.
Daños (Hogar y Empresas)
- Se incorpora el IVA de materiales, construcción y servicios técnicos.
- Mayor necesidad de ajustar valores de reposición.
Aplicación:
Aplica a bienes/servicios cuyo único objeto es indemnizar al asegurado (hospitalización, refacciones, reposición de bienes, servicios especializados).
Ejemplos prácticos: así cambia el cálculo de tu indemnización
Para entender mejor cómo este cambio afecta la suma asegurada, veamos dos casos comunes: una cirugía mayor u el tratamiento de cáncer. En ambos, el costo sin IVA del tratamiento o reparación es el mismo, pero a partir de 2026 el IVA del 16% también se cuenta dentro del monto del siniestro, reduciendo el saldo disponible de la cobertura.
El IVA ahora sí forma parte del monto del siniestro, y esa diferencia del 16% se descuenta de la suma asegurada, provocando que la cobertura se agote más rápido en tratamientos de alto costo.
Pasos a seguir con REUNE
- Revisión de suma asegurada en Gastos Médicos (especial atención a cáncer, cirugías mayores).
- Revisión de hospitales/tabuladores, para comprender el impacto del IVA en redes de alto costo.
- Actualización de valores de reposición en Autos, Hogar y Empresas.
- Diagnóstico personalizado: REUNE analizará tu caso y te propondrá los ajustes ideales.
En REUNE estamos preparados para acompañarte en este cambio fiscal y asegurar que tu protección financiera siga siendo sólida.
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